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Detector para la medición de radón en un lugar de trabajo durante la campaña 2026-2027

Medición de radón en lugares de trabajo, cómo planificar la campaña 2026-2027

El 1 de octubre de 2026 comienza un nuevo periodo para realizar mediciones de radón de larga duración en lugares de trabajo. Revisamos qué centros están afectados y cómo planificar correctamente el estudio junto con el Servicio de Prevención

El próximo 1 de octubre de 2026 comienza un nuevo periodo para realizar estudios de medición de radón en lugares de trabajo. Para las empresas y organizaciones afectadas, las semanas previas son el momento adecuado para identificar los centros que deben evaluarse, definir las zonas de muestreo y coordinar la instalación de los detectores con el Servicio de Prevención y el laboratorio acreditado.

La campaña 2026-2027 será la segunda que se desarrolla íntegramente tras la entrada en vigor de la Instrucción IS-47 del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). Esta norma concreta los municipios de actuación prioritaria frente al radón y establece directrices sobre la planificación, realización y actualización de los estudios en determinados centros de trabajo.

En resumen, para estimar el promedio anual de concentración de radón, la IS-47 permite exponer los detectores durante un mínimo de tres meses, no necesariamente consecutivos, entre el 1 de octubre y el 31 de mayo. También contempla una vía alternativa de medición a lo largo de un año natural. En ambos casos, el estudio debe diseñarse según las características y la ocupación real de cada centro.

¿Por qué conviene planificar ahora la medición de radón en lugares de trabajo?

La concentración de radón puede variar entre diferentes edificios e incluso entre zonas de un mismo centro de trabajo. Por ello, una campaña eficaz no consiste únicamente en solicitar y repartir detectores, exige determinar previamente dónde deben colocarse, cuántos son necesarios y durante qué periodo deben permanecer expuestos.

Esta planificación resulta especialmente relevante en empresas con varios centros de trabajo, instalaciones extensas, espacios compartimentados o plantas bajo rasante. Anticiparse al 1 de octubre facilita la coordinación entre las personas implicadas y reduce el riesgo de retrasos, ubicaciones inadecuadas o mediciones que no representen las condiciones habituales de ocupación.

La experiencia de la campaña 2025-2026, la primera desarrollada tras la publicación de la IS-47, ha reforzado una idea esencial de que la calidad del resultado comienza con un diseño correcto del estudio.

¿Qué lugares de trabajo deben medir el radón?

El artículo 75 del Real Decreto 1029/2022 obliga al titular de la actividad laboral a estimar el promedio anual de concentración de radón en las zonas interiores en las que los trabajadores deban permanecer o a las que puedan acceder por razón de su trabajo en los siguientes casos:

  • Lugares de trabajo subterráneos: Se incluyen, entre otros, obras subterráneas, túneles, minas y cuevas. También pueden encontrarse dentro de este supuesto otros espacios de trabajo situados bajo rasante.
  • Lugares donde se utiliza agua de origen subterráneo: La obligación alcanza a los lugares en los que se procese, manipule o aproveche agua de origen subterráneo, como determinadas actividades termales y balnearios.
  • Centros de trabajo en municipios de actuación prioritaria: En los municipios de actuación prioritaria deben evaluarse los lugares de trabajo situados en planta baja o plantas bajo rasante. La Instrucción IS-47 identifica estos municipios con los clasificados como Zona II en el Apéndice B de la sección HS 6 del Documento Básico de Salubridad del Código Técnico de la Edificación.

En todos los supuestos quedan excluidas las zonas al aire libre. Además, para los estudios regulados específicamente por la IS-47, están exentas de medición las zonas de tránsito u ocupación esporádica en las que ningún trabajador permanezca más de 50 horas al año.

Una medición integrada en la prevención de riesgos laborales

La exposición al radón debe abordarse como parte de la gestión preventiva de la empresa. El informe de resultados se debe integrar en la evaluación de los riesgos para la seguridad y la salud, tal como establece la normativa.

La coordinación entre el titular de la actividad, el Servicio de Prevención, las personas trabajadoras o sus representantes y el laboratorio resulta fundamental para:

  • Identificar las plantas y los espacios interiores que deben incluirse.
  • Definir zonas de muestreo con características suficientemente homogéneas.
  • Localizar los puestos fijos y las áreas de mayor permanencia.
  • Calcular el número de detectores y decidir su distribución.
  • Elegir el periodo de exposición más adecuado.
  • Organizar la colocación, el seguimiento y la retirada de cada detector.
  • Documentar el estudio e integrar sus resultados en la evaluación de riesgos laborales.

La IS-47 exige, además, informar a las personas trabajadoras sobre el objetivo y la realización del estudio, consultarles acerca de las zonas en las que permanecen durante más tiempo y comunicarles los resultados obtenidos.

¿Cuándo deben instalarse los detectores de radón?

La IS-47 establece dos opciones para estimar el promedio anual de concentración de radón:

  1. Exponer los detectores durante un periodo mínimo de tres meses, no necesariamente consecutivos, comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de mayo. Esta opción proporciona una estimación conservadora en la mayoría de los casos.
  2. Realizar la medición a lo largo de un año natural, excluyendo, cuando proceda, los periodos de cierre vacacional o inactividad y utilizando periodos de exposición de duración máxima trimestral.

En la campaña 2026-2027, iniciar la exposición en otoño permite disponer de margen para completar los tres meses exigidos dentro del intervalo establecido. Durante la medición deben mantenerse los hábitos ordinarios de ocupación, ventilación y funcionamiento del edificio. No se deben efectuar mediciones durante cierres estacionales o periodos prolongados sin actividad.

Tras la apertura de un nuevo centro de trabajo, o la reanudación de la actividad en uno que no disponga de un estudio en vigor, el titular debe garantizar que la exposición de los detectores comience en un plazo máximo de seis meses.

¿Cuántos detectores necesita un centro de trabajo?

No existe una cifra única válida para todas las instalaciones. En los centros incluidos en el ámbito específico de la IS-47, el número mínimo depende de la superficie, la distribución de los espacios y las zonas de muestreo definidas:

Características del centro o áreaNúmero mínimo de detectores
Edificios compartimentados tradicionalesUno por despacho o habitación
SótanosUno por cuarto o sección compartimentada o semicompartimentada
Áreas de hasta 1.000 m²Uno por cada 200 m²
Áreas de hasta 5.000 m²Uno por cada 400 m²
Áreas muy extensasUno por cada 500 m²

Debe instalarse al menos un detector en cada zona de muestreo. Como excepción, en centros con una superficie inferior a 200 m² y una única zona de muestreo se requieren al menos dos detectores.

La compartimentación, los posibles gradientes de concentración, el tipo de cerramiento, la ventilación, la temperatura, la existencia de sótanos y la ubicación de los puestos de trabajo condicionan el diseño. Por eso, el número de dispositivos debe ser el resultado de una evaluación previa y no una estimación genérica basada únicamente en la superficie total.

Requisitos para colocar correctamente los detectores

Una ubicación inadecuada puede afectar a la representatividad de la medición. De acuerdo con la IS-47, los detectores deben situarse:

  • A una altura de entre 50 centímetros y 2 metros sobre el suelo.
  • A más de 30 centímetros de las paredes.
  • Fuera de armarios u otros espacios cerrados.
  • Alejados de ventanas, ventiladores, corrientes de aire y fuentes de calor.

La persona encargada de su colocación y retirada debe registrar y firmar la fecha y la hora de ambas actuaciones para cada detector, identificado mediante su código correspondiente. Durante la exposición, conviene comprobar que los dispositivos permanecen en su ubicación y no son manipulados.

¿Qué ocurre si el resultado supera los 300 Bq/m³?

El nivel de referencia para el promedio anual de concentración de radón en los lugares de trabajo es de 300 becquerelios por metro cúbico (Bq/m³).

Si alguna zona supera este valor, el titular de la actividad laboral debe adoptar medidas para reducir la concentración o la exposición, aplicando el principio de optimización, y posteriormente volver a evaluar el promedio anual. Si, pese a las actuaciones realizadas, continúan existiendo zonas por encima del nivel de referencia, serán aplicables obligaciones adicionales de protección radiológica previstas en el Real Decreto 1029/2022.

¿Cada cuánto tiempo debe actualizarse el estudio?

La IS-47 establece las siguientes frecuencias de actualización:

  • Cada 10 años, cuando no sea necesario mantener sistemas activos para conservar la concentración por debajo del nivel de referencia y ninguna medición de la última actualización haya superado 300 Bq/m³.
  • Cada 5 años, en el resto de los casos.

Además, si se realizan obras, ampliaciones o transformaciones capaces de modificar significativamente la entrada, acumulación o ventilación del radón, los niveles deben reevaluarse. La nueva medición debe comenzar en un plazo máximo de seis meses desde la finalización de esas actuaciones.

Apoyo técnico para la campaña de radón 2026-2027

AGQ Labs ofrece a empresas y Servicios de Prevención un servicio integral para realizar estudios de medición de radón en lugares de trabajo, desde la planificación inicial hasta la entrega de resultados. El servicio incluye:

  • Apoyo técnico para planificar la campaña y definir las necesidades de medición.
  • Suministro y envío de los detectores al centro de trabajo.
  • Instrucciones para su correcta colocación y para registrar los datos necesarios.
  • Análisis de los detectores en un laboratorio acreditado conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17025.
  • Emisión del informe de resultados.
  • Instalación y recogida de los detectores por personal de AGQ Labs, disponible bajo petición.

AGQ Labs cuenta con procedimientos acreditados por ENAC para la toma de muestras y la medición de la concentración de radón mediante detectores de trazas. Puede consultar más información en nuestra página de análisis de radón.

Con el comienzo del nuevo periodo de medición el 1 de octubre de 2026, este es el momento de revisar qué centros deben incluirse en la campaña y organizar el estudio con suficiente antelación. Una planificación adecuada permite coordinar a todos los agentes implicados, obtener resultados representativos e integrar correctamente la evaluación del radón en la gestión preventiva.

Preguntas frecuentes sobre la medición de radón en lugares de trabajo

¿Cuándo comienza la campaña de medición de radón en lugares de trabajo 2026-2027?

El periodo previsto por la IS-47 para la opción de medición de un mínimo de tres meses comienza el 1 de octubre de 2026 y termina el 31 de mayo de 2027. Los tres meses no tienen que ser necesariamente consecutivos. La norma también permite una medición alternativa a lo largo de un año natural, dividida en periodos de duración máxima trimestral.

¿Qué centros de trabajo deben medir la concentración de radón?

Deben hacerlo los lugares de trabajo subterráneos, aquellos donde se procese, manipule o aproveche agua de origen subterráneo y los centros situados en planta baja o bajo rasante de municipios de actuación prioritaria, entre los demás requisitos y particularidades establecidos por la normativa.

¿Quién puede analizar los detectores de radón?

Los detectores deben ser suministrados y analizados por un laboratorio que disponga de una acreditación en vigor conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17025 para la medición de radón en lugares de trabajo. El titular de la actividad laboral es responsable de comprobar la vigencia de esa acreditación.

¿Cuál es el nivel de referencia de radón en los lugares de trabajo?

El Real Decreto 1029/2022 fija un nivel de referencia de 300 Bq/m³ para el promedio anual de concentración de radón. Si se supera, deben adoptarse medidas para reducir la concentración o la exposición y realizar una nueva evaluación.

¿Debe participar el Servicio de Prevención?

El estudio y sus resultados deben integrarse en la evaluación de riesgos laborales. El Servicio de Prevención puede intervenir en el diseño del estudio, la identificación de las zonas, la elaboración del informe y la definición de las actuaciones preventivas que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad del titular de la actividad laboral.

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