
La Comisión Europea adopta nuevas normas para reducir la presencia de arsénico en los alimentos
Desde la Comisión se adoptan nuevas normas para reducir la presencia de arsénico en los alimentos, lo que supone otro paso importante en la consecución de los objetivos del Plan Europeo para limitar o eliminar el riesgo de cáncer asociado a las sustancias químicas presentes en los alimentos.
Esta decisión, basada en la última evaluación de riesgos para la salud pública del arsénico presente en alimentos (EFSA, 2021), llega después de que se pidiera a los Estados miembros que vigilaran la presencia de arsénico en los alimentos.
Nuevos límites máximos de arsénico en los alimentos (2023)
Contenidos máximos (mg/kg peso fresco):
- Cereales y productos a base de cereales:
- Arroz elaborado (arroz pulido o blanco), no sancochado: 0,15
- Arroz sancochado y arroz descascarado: 0,25
- Harina de arroz: 0,25
- Tortitas de arroz, obleas de arroz, galletitas de arroz, pasteles de arroz, copos de arroz y arroz hinchado para desayuno: 0,30
- Arroz destinado a la producción de alimentos para lactantes y niños de corta edad: 0,10
- Bebidas no alcohólicas a base de arroz: 0,030
- Preparados para lactantes, preparados de continuación, alimentos para usos médicos especiales destinados a los lactantes y niños de corta edad y preparados para niños de corta edad:
- Comercializados en polvo: 0,020
- Comercializados líquidos: 0,010
- Alimentos infantiles: 0,020
- Zumos de frutas, zumos de frutas concentrados reconstituidos y néctares de frutas: 0,020
- Sal: 0,50
Los nuevos contenidos máximos para el arsénico entran en vigor a partir del próximo 26 de marzo de 2023. No obstante, para todos aquellos alimentos que se hayan comercializado previamente de acuerdo con la legislación vigente, podrán permanecer en el mercado hasta su fecha de consumo preferente o su fecha de caducidad.
Los niveles máximos existentes de arsénico en los productos alimenticios se establecieron en 2015 sobre la base del dictamen de la EFSA (EFSA, 2014) que afirmaba que el arsénico inorgánico puede causar cáncer de piel, vejiga y pulmones.
Reglamento (UE) 2023/465 de la Comisión de 3 de marzo de 2023 por el que se modifica el Reglamento (CE) 1881/2006 en lo que respecta a los contenidos máximos de arsénico en determinados alimentos.
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