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Economia Circular y fin de condicion de residuo

Economía Circular y fin de condición de residuo

El objetivo es cumplir con los nuevos objetivos de residuos del paquete de Economía Circular

El Consejo de Ministros ha remitido a las Cortes el proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados. El texto revisa la Ley 22/2011, de 28 de julio, con el fin de cumplir con las orientaciones y los nuevos objetivos de residuos establecidos en las directivas de la Unión Europea que conforman el Paquete de Economía Circular, así como con los derivados de la directiva de plásticos de un solo uso.

Este proyecto constituye un importante impulso de la economía circular, y unas de sus principales novedades es la revisión de los procedimientos de subproducto y fin de condición de residuo, habilitando la posibilidad de desarrollo a nivel autonómico. El mecanismo que articula es el siguiente:

Fin de condición de residuo

Una Comunidad Autónoma, previa verificación del cumplimiento de los mismos cuatro requisitos que establece la Directiva marco de residuos (Directiva 2008/98/CE) y que ya se contemplan actualmente en la vigente Ley de residuos (Ley 22/2011), podrá incluir en la autorización concedida a un gestor de residuos que un residuo valorizado en una instalación ubicada en su territorio deje de ser residuo para ser usado en una actividad o proceso industrial ubicado (i) en esa misma Comunidad Autónoma; o (ii) en otra Comunidad Autónoma, previo informe favorable de ésta.

Las Comunidades Autónomas informarán al Registro de Producción y Gestión de las declaraciones de fin de condición de residuo que realicen, y dicha información será pública.

A partir de las declaraciones de fin de condición de residuo incluidas en las autorizaciones autonómicas, el Ministerio competente valorará la posibilidad de establecer criterios a escala nacional.

Subproductos

En el caso de los subproductos, cuando la instalación de generación y destino se encuentre en la misma Comunidad Autónoma será esa comunidad quien declare como subproducto un determinado flujo, siempre y cuando cumpla con los 4 requisitos que se establecen en la Ley 22/2011. Si el destino es otra Comunidad, se requerirá un informe favorable de la misma.

La Comunidad Autónoma que haya llevado a cabo la evaluación informará del resultado de la misma a la Comisión de coordinación en materia de residuos y procederá a su aprobación conforme al instrumento determinado por dicha Comunidad.

Aprobadas las declaraciones de subproductos, se inscribirán en el Registro de Subproductos.

Estos cambios supondrán una agilización esperada y necesaria, ya que, como reconoció el propio Gobierno español en el marco de la elaboración del Estudio para evaluar las prácticas de los estados miembros sobre subproductos y fin de la condición de residuo publicado por la Oficina de Publicaciones Europea en julio de 2020, el régimen de intervención administrativa es incompatible con el efectivo desarrollo de la economía circular.

En AGQ Labs ofrecemos a nuestros clientes la asistencia y asesoría en los estudios de fin de condición de residuos y subproductos.

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